oficina virtual

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante decreto 344 del 01 de Marzo de 2017, en busca de salvaguardar la solidez de los fondos de empleados y con ello a sus asociados, dictó normas sobre niveles adecuados de patrimonio  e indicadores de solidez que limitan los cupos individuales de crédito y la concentración de operaciones.

FONDUC, dado su nivel de activos, fue catalogado como fondo de categoría de aplicación plena del ya nombrado decreto. Dado lo anterior, se realizan los cálculos del patrimonio técnico de FONDUC y de esa manera se establecen los montos máximos de crédito con garantía admisible codeudor y/o garantía real (Pignoración y/o Hipoteca), a NOVIEMBRE de 2022 se tienen los siguientes resultados:

Límite máximo de crédito sin garantía admisible

 $ 291.412.367

 Límite máximo de crédito con garantía admisible

 $ 582.824.734

 

Dado lo anterior, la Junta Directiva del Fonduc, en concordancia de su política de cumplimiento y acatamiento de la normatividad vigente, monitorea estos indicadores y comunica a los asociados cualquier variación de los mismos, que afecten el otorgamiento del crédito o la solidez de FONDUC.

Si se requiere de más información o aclaración al respecto para tranquilidad de los asociados puede expresar su inquietud a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. .

 Darwin Alberto Pérez Guevara

Gerente Fonduc