oficina virtual

¿Qué es la economía solidaria?

La economía solidaria es un sistema socioeconómico, cultural y ambiental conformado por un conjunto de organizaciones, que siendo de iniciativa privada, desarrollan fines de beneficio colectivo o social. No tienen como fundamento el enriquecimiento y su principal objetivo es el desarrollo integral del ser humano.

¿Qué es un fondo de empleados?

Según el decreto 1481 de 1989, los fondos de empleados son empresas asociativas, de derecho privado, sin ánimo de lucro, constituidas por trabajadores dependientes y subordinados con las siguientes características:

  1. Que se integren básicamente con trabajadores asalariados.
  2. Que la asociación y el retiro sean voluntarios.
  3. Que garanticen la igualdad de los derechos de participación y decisión de los asociados sin consideración a sus aportes.
  4. Que presten servicios en beneficio de sus asociados.
  5. Que establezcan la irrepartibilidad de las reservas sociales y, en caso de liquidación, la del remanente patrimonial.
  6. Que destinen sus excedentes a la prestación de servicios de carácter social y al crecimiento de sus reservas y fondos.
  7. Que su patrimonio sea variable e ilimitado.
  8. Que se constituyan con duración indefinida.
  9. Que fomenten la solidaridad y los lazos de compañerismo entre los asociados.

Los fondos de empleados fueron creados en Colombia hace más de setenta años y gozan de la protección, fomento y desarrollo por parte del Estado. No son contribuyentes del impuesto de renta y complementarios mientras no desarrollen actividades industriales o comerciales y son administrados y controlados por sus propios asociados.

¿Cuál debe ser la composición de un fondo de empleados?

Los fondos de empleados se constituirán con un mínimo de diez (10) trabajadores en acto privado que se hará constar en acta firmada por todos los asociados fundadores, con anotación de sus nombres, documentos de identificación y domicilios, en la cual se consagrarán:

  1. La voluntad de creación de la entidad.
  2. La aprobación del cuerpo estatutario que regirá al fondo de empleados y el sometimiento al mismo.
  3. Los valores de los aportes iniciales de los fundadores.
  4. El nombramiento de los miembros de la Junta Directiva.
  5. El nombramiento del representante legal.
  6. El nombramiento de los miembros del comité de control social cuando se contemple este órgano
  7. El nombramiento del revisor fiscal.

¿Quiénes pueden hacer parte del fondo de empleados?

Podrán ser asociados de los fondos los trabajadores que tengan el vínculo común consagrado en los estatutos. Igualmente, si así lo establecen éstos, podrán serlo, los trabajadores dependientes del mismo fondo de empleados, los pensionados y los sustitutos de los pensionados que hubiesen tenido la calidad de asociados.

¿Qué derechos tienen los asociados a un fondo de empleados?

Los asociados tendrán los siguientes derechos condicionados al régimen disciplinario interno: 

  1. Utilizar los servicios de FONDUC y realizar con él las operaciones contempladas en los Estatutos y reglamentos.
  2. Participar en las actividades de FONDUC y en su administración mediante el desempeño de cargos para los cuales sea designado.
  3. Ser informados de la gestión de FONDUC de acuerdo con las prescripciones estatutarias y reglamentarias.
  4. Ejercer actos de decisión y elección en la Asamblea General en armonía con los estatutos y reglamentos pertinentes.
  5. Fiscalizar la gestión de FONDUC por medio de los órganos estatutarios de control y examinar los libros de balances, archivos y demás documentos pertinentes en la oportunidad y con los requisitos que prevean los estatutos y los reglamentos.
  6. Ejercer la crítica en forma responsable, constructiva, seria y respetuosa cuando hubiere lugar a ella y presentar a la Junta Directiva, al Revisor Fiscal o a la autoridad competente quejas fundamentadas por infracciones cometidas por Directivos y Administradores de FONDUC en el ejercicio de sus funciones.
  7. Presentar a los organismos directivos proyectos e iniciativas que tengan por objeto el mejoramiento de FONDUC.
  8. Retirarse voluntariamente de FONDUC.

¿Qué deberes tienen los asociados a un fondo de empleados?

Todos los asociados tendrán los deberes y obligaciones previstas en los estatutos y reglamentos con criterio de igualdad, salvo las contribuciones económicas que podrán graduarse teniendo en cuenta los niveles de ingreso salarial.

Los asociados tendrán los siguientes deberes condicionados al régimen disciplinario interno: 

  1. Conocer y cumplir los Estatutos y Reglamentaciones de FONDUC.
  2. Cumplir oportunamente con todas las obligaciones derivadas de su vinculación a FONDUC.
  3. Participar por lo menos una (1) vez cada dos (2) años en los programas de capacitación que el FONDUC programe.
  4. Aceptar y cumplir las decisiones de los organismos de dirección, administración y control.
  5. Comportarse con espíritu solidario en sus relaciones con FONDUC y con los asociados del mismo.
  6. Abstenerse de efectuar actos o de incurrir en omisiones que afecten la estabilidad económica o el prestigio social de FONDUC.
  7. Desempeñar con diligencia y eficacia los cargos para los cuales sean elegidos.
  8. Asistir a las Asambleas Generales de conformidad con lo previsto en el presente Estatuto.
  9. Cancelar el aporte inicial, los aportes sociales individuales de carácter ordinario y extraordinario que le corresponden, y el ahorro permanente, lo mismo que las sumas que adeuda por concepto de operaciones de crédito o de cualquier otro servicio que reciba de FONDUC.

¿Cuál es el patrimonio de un fondo de empleados?

El patrimonio de los fondos de empleados estará conformado por aportes sociales individuales, las reservas y fondos permanentes, las donaciones y auxilios que reciban con destino a su incremento patrimonial y los excedentes del ejercicio que no tengan destinación específica.

¿Cómo asociado estoy obligado a realizar aportes al fondo de empleados?

Si, los asociados de los fondos de empleados deberán comprometerse a hacer aportes sociales individuales periódicos y ahorrar en forma permanente, en los montos que establezcan los estatutos o la asamblea. De la suma periódica obligatoria que deba entregar cada asociado, se destinará como mínimo una décima parte para aportes sociales.

En todo caso, el monto total de la cuota periódica obligatoria no debe exceder el diez por ciento (10%) del ingreso salarial del asociado.

¿Cómo asociado esos aportes me serán devueltos?

Sí, pero los aportes sólo serán devueltos cuando se produzca la desvinculación del asociado, e, igualmente, como regla general, los ahorros permanentes. Sin embargo, los estatutos podrán establecer reintegros parciales y periódicos de estos últimos.

¿Qué servicios presta un fondo de empleados?

Los fondos de empleados prestarán los servicios de ahorro y crédito en forma directa y únicamente a sus asociados, en las modalidades y con los requisitos que establezcan los reglamentos y de conformidad con lo que dispongan las normas que reglamenten la materia.

Los servicios de previsión y seguridad social y los demás previstos en su objeto social, excepto los de ahorro y crédito, podrán ser prestados por intermedio de otras entidades, preferencialmente de igual naturaleza o del sector cooperativo.

La prestación de servicios que beneficien a los asociados y al fondo de empleados, complementarios de su objeto social, podrá ser facilitada por éste mediante la celebración de contratos o convenios con otras instituciones.

¿Qué es el fondo de profesores de la Universidad del Cauca?

El Fondo de Profesores de la Universidad del Cauca tiene 30 años y fue fundado en 1983 luego de que docentes universitarios del país, entre ellos profesores de la Universidad de Antioquia y un grupo de ex alumnos de la Universidad del Cauca, residentes en Manizales, se unieran con la donación de recursos económicos, en un acto de solidaridad con la comunidad universitaria de Popayán después del terremoto que afectó a la ciudad.

¿Cómo vincularse al Fondo de Profesores de la Universidad del Cauca?

  1. Para ser admitido como asociado de FONDUC se requiere cumplir con los siguientes requisitos:
  2. Ser legalmente capaz
  3. Suscribir un compromiso de adquirir durante el primer año, capacitación en economía solidaria de acuerdo con la programación que para el efecto realice el FONDUC.
  4. Adjuntar fotocopia de Cédula de Ciudadanía o Extranjería
  5. Adjuntar último desprendible de pago.
  6. Diligenciar el formato de vinculación.

Podrán ser asociados de FONDUC los aspirantes que pertenezcan a uno de los siguientes grupos: 

  1. Profesores de la Universidad del Cauca: de planta, ocasionales y de cátedra.
  2. Profesionales universitarios que estén vinculados laboralmente a la Universidad del Cauca.
  3. Personas que disfruten de pensión de jubilación, invalidez y de vejez, originada por alguna de las vinculaciones mencionadas en los literales (a y b).
  4. Funcionarios de FONDUC con vinculación contractual laboral o de prestación de servicios con excepción del Revisor Fiscal, por mandato legal.

¿Qué es capacidad de endeudamiento?

Es el monto máximo hasta donde se puede endeudar un asociado, este monto está  sujeto al reglamento de crédito.

¿Qué es capacidad de pago?

O solvencia del solicitante, es el límite de descuentos que puede tener un Asociado por nómina,  no puede exceder al 50% del salario.

¿Qué son rendimientos al ahorro?

Es un porcentaje que se paga sobre el ahorro permanente, corresponde  al 0.5% mensual.

¿Qué es un Deudor Solidario?

Es la persona que se obliga junto con el deudor principal al pago de una determinada obligación, de forma solidaria. Esto significa que cuando el  titular de un crédito no pueda cumplir con el pago del mismo, será el deudor solidario quien  lo asuma.

¿En caso de retiro del Fondo, que pasa con mis aportes?

  1. Si en el momento del retiro no tiene deuda con el Fondo, se hará entrega del 100% de lo que tiene en aportes y ahorros más los respectivos rendimientos generados.  
  2. Si en el momento de retiro tiene deuda con el Fondo, se cruzará la deuda con los aportes, si le queda saldo a favor del asociado, se le reintegrara este valor.
  3. Si en el momento de retiro tiene deuda con el Fondo y al cruzar la deuda con los aportes, ahorros y rendimientos generados  queda saldo a favor del Fondo, se informa  a la  compañía para que de la respectiva liquidación de prestaciones le retengan el valor adeudado.