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Consultorio de Seguros. Tema: Póliza Hogar

Asociado a Fonduc, te esperamos este próximo jueves 25 de noviembre a las 5:00 p.m. para una charla informativa sobre nuestro CONSULTORIO DE SEGUROS, nuestros agentes de seguros resolverán todas tus dudas.

En esta ocasión se hablará sobre la póliza de Hogar de Fonduc.

AMPARO BÁSICO

Al adquirir la cobertura básica para edificio y/o contenidos y objetos de valor y joyas, se otorgan automáticamente las siguientes coberturas como sublimites:

Cuadro 1

 

Cuadro 2

AMPAROS ADICIONALES

Asonada, Motín, conmoción Civil o popular, huelga y Actos mal Intencionados de Terceros (HMACC-AMIT)

Cubre el incendio y la pérdida o daños materiales de los bienes asegurados cuando sean directamente causados por:

  1. Asonada según la definición del Código Penal colombiano.
  2. Conmoción civil o popular es el enfrentamiento entre un grupo específico de la población en contra del régimen de gobierno establecido con el fin de deponerlo. Es tumultuoso y sedicioso.
  3. La actividad de personas intervinientes en desórdenes, confusiones, alteraciones y disturbios de carácter violento y tumultuario.
  4. Huelguistas o por personas que tomen parte en conflictos colectivos de trabajo o suspensión de hecho de labores.
  5. Actos de Autoridad: acción de la autoridad legalmente constituida, ejercida con el fin de disminuir o aminorar las consecuencias de la asonada, el motín, la conmoción civil o popular y la huelga, según las definiciones anteriores.
  6. Actos Mal Intencionados de Terceros.
  7. Actos terroristas, aún aquellos que sean cometidos por individuos pertenecientes a movimientos subversivos o con cualquier organización política.

Terremoto, Temblor, Erupción Volcánica, Maremoto, Marejada y Tsunami.

Cubre los daños o pérdidas materiales causadas directamente por: Terremoto y Erupción volcánica, Marejada, Maremoto y Tsunami.

Hurto Simple:

Ampara las pérdidas o daños de los bienes, contenidos dentro del inmueble o residencia, que sean consecuencia directa del apoderamiento de una cosa mueble ajena, con el propósito de obtener provecho para sí o para otro, que sea consecuencia directa de sustracción cometida sin violencia.

Hurto Calificado:

Ampara las pérdidas o daños de los bienes muebles amparados, contenidos dentro del inmueble o residencia, que sean consecuencia directa del apoderamiento por parte de personas extrañas al asegurado con el propósito de obtener provecho para sí o para otro, por medios violentos o de fuerza ejercidos tales como:

  • Con violencia sobre las personas o las cosas.
  • Los ejercidos para penetrar al inmueble que contiene dichos bienes, en forma que queden huellas visibles de tal acto de violencia en el lugar de entrada o de salida.
  • Colocando a la víctima en condiciones de indefensión o inferioridad aprovechándose de tales condiciones.
  • Mediante penetración o permanencia arbitraria, engañosa o clandestina en lugar habitado o en sus dependencias inmediatas, aunque allí no se encuentre sus moradores.
  • Con escalamiento, o con llave sustraída o falsa, ganzúa o cualquier otro instrumento similar o violando o superando seguridades electrónicas u otras semejantes.
  • Por persona disfrazada, o aduciendo calidad supuesta, o simulando autoridad o invocando falsa orden de la misma o del propietario del bien asegurado.

Todo Riesgo Equipo Portátil

Se cubren las pérdidas o daños de los artículos relacionados en este amparo opcional, dentro y fuera de la vivienda asegurada, con cobertura nacional e internacional para objetos portátiles de uso personal como: joyas, relojes personales, cámaras de video, cámaras fotográficas, computadores portátiles y artículos deportivos y por cualquier causa o accidente, que no provenga, directa o indirectamente de:

  • Hurto calificado siempre y cuando sea autor o cómplice el asegurado, su cónyuge o cualquier pariente del asegurado, dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o único civil.
  • Perdida o daño durante cualquier proceso de reparación, restauración o renovación de los objetos asegurados bajo este amparo.
  • Deterioro por el uso, vicio propio o defecto inherente, moho o daño causados por ratas, polillas, comején, gorgojo, y otras plagas.
  • Rotura de artículos de naturaleza frágil o quebradiza a menos que sea ocasionada por incendio o por comisión o tentativa de delito contra la propiedad.
  • Cualquiera de los eventos contemplados en la condición de exclusiones generales.

Se excluyen los equipos electrónicos de bolsillo como: Calculadoras, agendas digitales, organizadores, PC Pocket, teléfonos celulares, Blackberry, handy, Palm, Bolígrafos, estilógrafos, gafas, MP3, MP4, Ipod, equipos de bolsillo, y en general, bienes destinados a actividades industriales, comerciales y/o profesionales.

NOTA: Para la presente cobertura es necesario relacionar individualmente todos y cada uno de los objetos amparados indicando su valor y características.

Accidentes Personales

Ampara hasta por el valor asegurado indicado en las condiciones particulares de la póliza, las lesiones corporales que sufra el Asegurado, su cónyuge, sus hijos menores de edad o los que dependan económicamente de él por incapacidad o por dedicarse con exclusividad al estudio y que vivan con el Asegurado, ocasionadas por el accidente que ocurra dentro del predio asegurado.

Amparo de Muerte Accidental

Salvo las exclusiones indicadas, se cubre la muerte del Asegurado siempre y cuando se origine en un accidente, según se define en el condicionado.

Amparo de Invalidez o Desmembración Accidental:

Cubre las pérdidas sufridas por el Asegurado, según se describen en la Tabla de Indemnizaciones de este amparo, siempre que sean comprobables mediante dictamen médico y se produzcan como consecuencia directa de un accidente amparado.

Edad mínima de ingreso es de 5 años y la máxima 69 años.

Anexo de Mascotas

En caso de muerte accidental de la mascota asegurada, LA COMPAÑIA se obliga a pagar hasta el valor de un millón de pesos ($1.000.000) por mascota.

Accidentes Personales para personal Doméstico.

La presente póliza ampara hasta por el valor asegurado indicado en la carátula de la póliza, la muerte accidental y los gastos médicos que sufra la empleada del servicio doméstico del asegurado, ocasionadas por el accidente dentro del ejercicio de sus funciones. Edad mínima de ingreso es de 18 años y la máxima 50 años.

Auxilio funerario

En caso de muerte accidental del asegurado, la compañía se obliga a pagar hasta el valor asegurado indicado en las condiciones particulares de la póliza a los beneficiarios de ley, los gastos ocasionados por los servicios funerarios.

Responsabilidad Civil Extracontractual (incluye Gastos Médicos y Hoyo en Uno).

LA COMPAÑÍA se obliga a pagar en favor de un tercero (víctima), hasta por el valor indicado en las condiciones particulares, los perjuicios patrimoniales que el asegurado cause exclusivamente dentro del territorio colombiano y por los cuales sea legalmente responsable, en su carácter de:

  • Persona natural, con excepción de los riesgos de una profesión, empresa u oficio.
  • Jefe de Hogar o cabeza de familia y persona responsable de las obligaciones familiares y de sus servidores domésticos.
  • Tenedor de animales domésticos para fines no comerciales en los términos del Artículo 2353 del Código Civil.
  • Propietario del inmueble indicado en esta Póliza, por ruina del mismo y objetos que caigan del mismo en los términos de los artículos 2350 y 2356 numeral 2o. Código Civil, incluyendo los daños causados por incendio, explosión o derrames accidentales o imprevistos de agua procedente de sus instalaciones fijas.
  • Copropietario del inmueble residencial en la proporción que le pueda corresponder por responsabilidades civiles exigibles a la copropiedad que no estén cubiertas por otro seguro.
  • Patrono o empleador de servidores domésticos frente a reclamaciones por parte de sus empleados. El presente anexo opera en exceso de:
  1. Las prestaciones de la Administradora de Riesgos Profesionales.
  2. Las prestaciones de la entidad Prestadora de Salud.
  3. Las prestaciones del Fondo de Pensiones y Cesantías.
  4. Y en general en exceso de las Prestaciones Laborales señaladas para tales eventos, de conformidad con el Artículo 216 del Código Sustantivo del Trabajo, en exceso del Seguro Social, en exceso del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, y aun en exceso de cualquier otro seguro individual o colectivo de los empleados.

Para tal efecto se aclara que la Compañía no indemniza los daños o perjuicios causados directa o indirectamente por y/o como consecuencia de:

  1. Enfermedades profesionales, endémicas o epidémicas.
  2. Accidentes de trabajo que hayan sido provocados deliberadamente o por culpa grave del empleado.

Te esperamos este jueves en nuestro Consultorio de seguros, para resolver todas las dudas que tengas sobre este servicio.

Solidariamente,

Administración Fonduc

Restablecida firma de pagaré desmaterializado

El Fondo de Profesores de la Universidad del Cauca informa a sus asociados que durante dos días la firma de pagaré desmaterializado estuvo presentando inconvenientes, razón por la cual se procedió a manejar la firma de pagaré físico.

Lo anterior obedeció a algunos ajustes realizados en el sistema, con el ánimo de mejorar la seguridad de este proceso y realizar una debida protección de datos.

Una vez finalizados estos ajustes se procedió a restablecer el servicio de la firma de pagaré desmaterializado, cual está vigente a la fecha de hoy.

Agradecemos su comprensión ante las molestias que esto haya podido acarrear.

Solidariamente,

Administración Fonduc

Abiertas inscripciones para curso de Sushi

 

Este próximo 20 de noviembre Fonduc estará ofreciendo para sus asociados un curso de Sushi en el restaurante Aki Maki.

Durante el curso nuestros asociados disfrutarán de un taller práctico y personalizado, donde cada uno de los participantes tendrá a su disposición sus propios ingredientes y utensilios para armar su roll, además, una vez terminado el curso se obsequiará un kit de preparación de Sushi que contiene: Arroz de sushi, alga Nori, estirilla y vinagre para condimentar el arroz, junto con un recetario con los pasos de lo visto en el taller.

Contenidos:

  • Repaso taller nivel I (preparación el arroz y posibles combinaciones de ingredientes).
  • Qué es el tempuro, preparación y sus usos en la cocina japonesa.
  • Corte y preparación de vegetales tempurados.
  • Corte y preparación de frutas tempuradas.
  • Qué es el Panki, preparación y sus usos en la cocina japonesa.
  • Elaboración de Roll tempurado y apanado en panko.
  • Elaboración de Temaki (Sushi en forma de cono)
  • Elaboración de salsa teriyaki.
  • Montaje.
  • Degustación de todo lo elaborado durante el taller.

Cupo: 20 personas (sólo 1 cupo por asociado)

Que será divididas en 2 grupos:

1 grupo de 10 personas: de 2:00 p.m. a 4:00 p.m.

2 grupo 10 personas: 4:00 p.m. a 6:00 p.m.

Fecha: sábado 20 de noviembre.

Requisito: Contar con carnet de vacunación contra el Covid -19.

Lugar: Restaurante Aki Maki.

Quienes deseen participar de esta actividad deberán diligenciar el formato de compromiso y enviarlo al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. con la siguiente información:

ASUNTO: Inscripción curso de Sushi.

MENSAJE:

  1. Nombre y cédula del participante.
  2. Carta de compromiso diligenciada y firmada (descargar).
  3. Horario en el que desea asistir.
  4. Carnet de vacunación COVID.

Los asociados que previa inscripción falten al taller, deberán cancelar el valor invertido por persona, para ello se tomará asistencia durante el curso.

*Las inscripciones se registrarán según el orden de llegada en el correo electrónico, no se reservarán cupos

Por favor tenga en cuenta que si no se consigue el cupo pleno en las jornadas ofrecidas se juntarán los grupos, para la realización el curso

Solidariamente,

Administración Fonduc.

Nuevo ingreso a la Oficina Virtual

 

El Fondo de Profesores de la Universidad del Cauca, informa a sus asociados que a partir de la fecha, el ingreso a la Oficina Virtual de Fonduc, cambia.

El cambio obedece a razones de seguridad; ya que con el nuevo proceso de autenticación se refuerza la seguridad, optimizando de esta manera el ingreso a la Oficina Virtual de cada uno de nuestros asociados, así como la facilidad de ingreso en caso de que la clave de acceso no sea recordada.

Cabe destacar que con este cambio sólo el asociado podrá intervenir en el proceso de autenticación, razón por la cual es importante que se realice con paciencia y minucia el proceso de ingreso con base en los tutoriales que se facilitamos a continuación:

Autenticación

Verificación después de autenticación

Olvidé contraseña

 

Solidariamente,

Administración Fonduc

Comunicado sobre la compra de local comercial en Centro Comercial Campanario

Martes 02 de Noviembre 2021

Señores

Docentes y Administrativos

Asociados

Fondo de Profesores de la Universidad del Cauca

Popayán

Cordial saludo

La Junta Directiva del Fondo de Profesores de la Universidad del Cauca, en atención a las proposiciones presentadas por los delegados y aprobadas por los delegados de las siguientes Asambleas ordinarias:

Asamblea marzo 19 de 2015

Proposición:

“Mirar la posibilidad de comprar un terreno para sede, con miras al bienestar.”

Marzo 10 de 2016

Proposición:

“Que se fijen por asamblea los lineamientos para que la Junta Directiva adquiera una sede para el funcionamiento del Fonduc”. 

Marzo 7 de 2018

Proposición:

“Adquirir una sede propia”

se permite informar a los asociados la compra de un local en el Centro Comercial Campanario.

Esta adquisición da respuesta no solo a la directriz de los delegados asambleístas, sino también a los resultados del estudio de caracterización y expectativas de asociados, quienes manifestaban la necesidad expresa de consecución de una sede propia que permita una debida atención a los asociados del Fonduc.

En consecuencia, la compra de este bien inmueble se realizó bajo un seguimiento riguroso de todos los procedimientos legales, administrativos y reglamentarios de Fonduc, con acompañamiento profesional de tipo técnico y jurídico, bajo la directa supervisión de la Junta Directiva, el Comité de Control Social y la Revisoría Fiscal del Fonduc.

Esperamos en un corto plazo poder entregar a toda la familia del Fonduc, un espacio adecuado que beneficie no solo la labor operativa de la entidad, sino que se convierta en un espacio de integración y atención de nuestros asociados  

Quienes deseen ampliar la información al respecto, les invitamos a acercarse a oficinas Fonduc.

Solidariamente,

Álvaro Hurtado T.

Presidente Junta Directiva